Actuación del Síndico de los socios ante la Comisión de Disciplina del Club

Actuación del Síndico de los socios ante la Comisión de Disciplina del Club

En las últimas tres temporadas, el Síndico ha intervenido en cincuenta y seis ocasiones

El órgano estatutario encargado de corregir las posibles infracciones relacionadas con la conducta asociativa es, de acuerdo con el artículo 70 de los Estatutos, la Comisión de Disciplina.

Este órgano aplica las infracciones, sanciones y el procedimiento establecido en los propios Estatutos. En el seno de los procedimientos disciplinarios, el Síndico de los socios puede asistir con derecho de voz y sin voto a las reuniones de la Comisión de Disciplina para defender y proteger los derechos de los socios. Esta actuación se produce siempre "a solicitud previa del socio interesado" (art. 57.1.a) de los Estatutos).

Cabe destacar que, en las últimas tres temporadas, el Síndico ha intervenido en cincuenta y seis ocasiones, defendiendo los derechos de los socios que lo han pedido. Hay que decir que, una vez solicitada la intervención del Síndic en el procedimiento disciplinario, la Comisión de Disciplina comunica todas las actuaciones al Síndico para que éste pueda actuar en defensa de los derechos de los socios.

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